REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL COMUNITARIAS EN EDUCACIÓN DE PADRES Y MADRES DE FAMILIA – JUNTAS ESCOLARES.
REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL COMUNITARIA EN EDUCACIÓN DE LOS CONSEJOS EDUCATIVOS DE PUEBLOS ORIGINARIOS – CEPOs
REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL RM. Nº 750 – Nº 1000
ARTICULO 1.- (OBJETO). El presente reglamento tiene por objeto reglamentar el ámbito de la participación social comunitaria de Madres y Padres de Familia en el Subsistema de Educación Regular, a través de la representación y legitimidad como Juntas Escolares, que forman parte de los Consejos Educativos Social Comunitarios.
ARTICULO 2.- (ÁMBITO DE APLICACIÓN). Las disposiciones contenidas en el presente reglamento tienen como ámbito de aplicación y de cumplimiento inexcusable en todo el Subsistema de Educación Regular.
ARTICULO 3.- (JUNTA ESCOLAR). Es la instancia de participación social de los padres y madres de familia de las Unidades Educativas del Subsistema de Educación Regular, que forman parte de los Consejos Educativos Social Comunitarios contemplados en la Ley N° 70 de 20 de diciembre de 2010, de la Educación «Avelino Siñani – Elizardo Pérez», con capacidad jurídica reconocida legalmente, que tienen como objetivo principal participar en la formulación de lineamientos de políticas educativas, así como ejercer el control social, y apoyo en el desarrollo de la educación.
Las reuniones de los miembros de la junta escolar se las pueden realizar en domicilio particular o necesariamente en la unidad educativa
averiguando…
Se puede renunciar a un cargo?
claro que si , ahi hayun modelo de carta
Se puede cambiar a algún integrante de la junta escolar
Gracias por publicar.