Resolución Ministerial Nro 001/2019. Subsistema de Educación Regular
NORMAS GENERALES PARA LA GESTIÓN EDUCATIVA Y ESCOLAR.
Artículo 1. (Objeto). Normar los procedimientos para la planificación, organización, ejecución, seguimiento y evaluación de la Gestión Educativa y Escolar 2019 del Subsistema de Educación Regular en la universalización del Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo establecido por la Ley N° 070 de 20 de diciembre de 2010 de la Educación “Avelino Siñani – Elizardo Pérez.
Resolución Ministerial Nro 001/2019. Subsistema de Educación Alternativa y Especial
Artículo 1. (Objeto). El presente documento establece las normas y procedimientos para profundizar la organización y funcionamiento de la gestión educativa, administrativa e institucional del Subsistema de Educación Alternativa y Especial correspondiente al periodo 2019, en el marco de las disposiciones establecidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de la Educación Nº 070 “Avelino Siñani – Elizardo Pérez” y otros instrumentos normativos en vigencia, tomando como base los lineamientos del Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo, con el propósito de garantizar el derecho a la educación con calidad y la Universalización del Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo.
Resolución Ministerial Nro 001/2019. Subsistema de Educación Superior de Formación Profesional
INSTRUMENTOS TÉCNICOS PARA LA GESTIÓN INSTITUCIONAL, ACADÉMICA Y ADMINISTRATIVA DE LA FORMACIÓN SUPERIOR TÉCNICA, TECNOLÓGICA, LINGÚÍSTICA Y ARTISTICA.
Artículo 1. (Objeto). El presente instrumento técnico para la Gestión Institucional, Académica y Administrativa tiene por objeto regular el funcionamiento de la Formación Superior Técnica y Tecnológica del Subsistema de Educación Superior de Formación Profesional, mediante la planificación, organización, ejecución y evaluación de la Gestión Institucional, Académica y Administrativa 2019, en el marco del Modelo Educativo Sociocomunitario Productivo, establecido en la Ley N° 070, de la Educación “Avelino Siñani – Elizardo Pérez” de 20 de diciembre de 2010.